Adopción, acogida y el huérfano en el Islam

كَفَالَةkafalah

Cuidar al huérfano sin borrar su origen: la kafalah, explicada.

Familia · Hijos y crianzaSegún el Corán y la Sunnah

La mano de un niño pequeño sujetando el dedo de un adulto, sobre un fondo oscuro.
La mano de un niño pequeño sujetando el dedo de un adulto, sobre un fondo oscuro.Foto: Rohit Dey / Unsplash

Cada año, miles de niños en México quedan sin quien los cuide: por muerte de los padres, por abandono, por adicciones, por prisión, por pobreza extrema. El DIF, los albergues y muchas familias abren sus puertas para criarlos. El Islam tiene una palabra y una postura clara para esto: honra enormemente a quien cuida al huérfano, y al mismo tiempo corrige con cuidado una costumbre antigua —adoptar borrando el origen del niño— que muchas familias mexicanas practican sin saberlo, con la mejor intención. Esta página explica la diferencia entre la kafalah islámica y la adopción legal mexicana, y cómo un musulmán puede cuidar a un niño sin padres con todo el amor que merece y con la honestidad que el Corán pide.

El honor de cuidar al huérfano

«Yo y quien mantiene al huérfano estaremos en el Paraíso así» —y unió el índice y el dedo medio, separándolos un poco.

Sahih al-Bujari 5304

Pocas promesas en el Corán y la Sunnah son tan directas y tan altas: estar cerca del Profeta ﷺ en el Paraíso. El huérfano ocupa un lugar central en la revelación —el propio Profeta ﷺ perdió a su padre antes de nacer y a su madre a los seis años, y fue criado por su abuelo y después por su tío—, y el Corán le dedica advertencias fuertes:

«¿Has visto al que desmiente la Religión? Es quien repele al huérfano».

Corán 107:1-2

«Y al huérfano, no lo oprimas».

Corán 93:9

El Corán no separa la fe verdadera de la práctica hacia el más desprotegido: quien desatiende al huérfano, dice literalmente la sura Al-Maʿun, desmiente la religión, por mucho que rece.

La Arabia preislámica practicaba una costumbre llamada tabanni: un hombre adoptaba a un niño y este tomaba su apellido, perdiendo todo rastro legal de su familia de origen, como si hubiera nacido de la nueva. El Profeta ﷺ mismo tuvo un hijo adoptivo así, Zayd ibn Harithah, conocido durante años como “Zayd ibn Muhammad”. El Corán corrigió esa práctica directamente:

ادْعُوهُمْ لِآبَائِهِمْ هُوَ أَقْسَطُ عِندَ اللَّهِ

«Llamadlos por el nombre de sus padres: es más justo ante Allah. Y si no conocéis a sus padres, son vuestros hermanos en la religión».

Corán 33:4-5

A partir de esta aleya, Zayd volvió a llamarse “Zayd ibn Harithah”. La razón no es sentimental sino de justicia: el niño tiene derecho a conocer su origen real, y borrar su identidad biológica —aunque sea con buena intención— no le pertenece a quien lo adopta decidir por él. De ahí nace la kafalah: el compromiso de criar, alimentar, educar y amar a un niño sin padres, dándole todo lo que un hijo necesita, sin fingir jurídicamente que nació de quien lo cuida.

En México, la adopción legal (a través del DIF o de un juez familiar) sí cambia el apellido del niño y le da herencia automática como si fuera hijo biológico, siguiendo el modelo occidental que el Corán corrigió. Esto no convierte el trámite en pecado —la protección legal que da al niño es real y necesaria—, pero sí invita a la familia musulmana a vivir el espíritu de la kafalah dentro de ese marco: no esconder el origen del niño, buscar conservar su apellido de nacimiento cuando sea posible, y resolver la herencia por testamento en vez de asumir que hereda como hijo de sangre.

El niño en la casa: mahram y lactancia

Un niño criado en casa desde bebé, sin ningún vínculo especial, no se vuelve automáticamente mahram (pariente con quien está prohibido el matrimonio y frente a quien no aplican las reglas estrictas de pudor) de quienes lo crían. Esto importa sobre todo cuando el niño crece: al llegar a la pubertad, si es niño y hay una madre adoptiva sin ese vínculo, o si es niña y hay un padre adoptivo sin ese vínculo, aplican las reglas normales de pudor entre adultos que no son mahram.

El Islam ofrece una solución hermosa para esto, presente ya en tiempos del Profeta ﷺ: la lactancia (radaʿah). Si la madre adoptiva amamanta al bebé antes de que cumpla dos años, con el número de tomas que la mayoría de los estudiosos considera suficiente, se establece un parentesco de leche real:

«Queda prohibido por la leche lo que queda prohibido por el parentesco de sangre».

Sahih al-Bujari 2645; Sahih Muslim 1444

Esto hace al niño mahram de la madre, del padre y de los hermanos de leche, con todos los derechos de pudor que eso implica, aunque no le da herencia automática (esa sigue por testamento). Cuando la adopción llega siendo el niño mayor de dos años, o cuando la lactancia no es posible, simplemente se viven las reglas normales de pudor en casa a partir de la pubertad: cubrirse frente a él o ella con la misma modestia que frente a cualquier adulto no pariente, sin que eso signifique menos cariño ni menos hogar.

La herencia del niño adoptado

Como no hay parentesco de sangre, el niño adoptado no hereda automáticamente de quienes lo criaron según las reglas fijas de la herencia islámica (ver la herencia en el Islam). La solución que el Islam ofrece es el testamento (wasiyyah): los padres pueden legar hasta un tercio de sus bienes a quien no es heredero fijo, y eso incluye perfectamente a un hijo criado por adopción. Hacerlo temprano —desde que el niño llega a casa— evita disgustos futuros y asegura que quien fue criado con amor no quede desprotegido económicamente.

El DIF, el juez y qué explicar

Un musulmán en México puede adoptar legalmente sin ningún conflicto con su fe: el sistema del DIF protege al niño, revisa la idoneidad de la familia y da seguridad jurídica que el Islam no solo permite sino que agradece, porque protege al huérfano. Al presentarse ante un juez o trabajador social, no hay necesidad de explicar teología: basta con seguir el proceso legal normal. Donde sí puede haber una decisión personal es en el apellido —muchas legislaciones permiten conservar el apellido de nacimiento como parte del nuevo, o al menos registrarlo en el expediente— y en cómo la familia decide, puertas adentro, hablarle al niño de su historia con honestidad y cariño cuando llegue el momento, en vez de ocultarla.

Otras formas de cuidar: sobrinos, el niño de la calle, apadrinar

No todo huérfano o niño desprotegido llega a una familia formal. En las calles de las grandes ciudades mexicanas, incluida Guadalajara, hay niños sin adulto responsable, en situación de calle o de riesgo extremo. El Islam no pide que cada musulmán los adopte a todos, algo imposible, pero sí pide no mirar hacia otro lado:

  • Conectar con instituciones confiables —albergues serios, el propio DIF, organizaciones civiles con trayectoria comprobada— es preferible a la ayuda improvisada en la calle, que a veces hace más daño que bien.
  • La sadaqah regular hacia un albergue de menores, aunque sea modesta, cumple con el espíritu de la kafalah sin necesidad de un trámite de adopción.
  • Apadrinar a distancia a un huérfano en otro país o en otra ciudad de México —sosteniendo su comida, su escuela, su salud con una aportación mensual— es una práctica que varias organizaciones musulmanas facilitan hoy, y que la tradición islámica considera una forma plena de cumplir la promesa del hadiz de Bujari 5304, sin que haga falta tener al niño viviendo bajo el mismo techo.
  • Los sobrinos y ahijados criados informalmente por tíos, padrinos o vecinos cuando sus propios padres no pueden hacerse cargo temporalmente también cuentan como kafalah, aunque nunca pase por un juzgado.

Hablar con el niño sobre su historia

Uno de los puntos donde la kafalah islámica se distingue más claramente de la costumbre occidental de “adopción cerrada” es la honestidad. Ocultarle a un niño, durante años, que fue adoptado, y que se entere después por un tercero o por un documento, suele causar más daño que contárselo desde pequeño con naturalidad, como parte de su historia y no como un secreto vergonzoso. El Corán mismo trató este tema con Zayd ibn Harithah de forma pública, no oculta: su origen no era un secreto, y eso no disminuyó el amor que el Profeta ﷺ le tuvo, a quien llamaba “mi hijo amado” incluso después de que la aleya 33:5 restaurara su verdadero apellido. Contarle a un hijo adoptivo su historia, con las palabras adecuadas para su edad, es un acto de amor, no una traición a él.

En resumen

  • El Islam honra enormemente cuidar al huérfano (Bujari 5304; 93:9; 107:1-2).
  • La kafalah cría con amor sin borrar el origen del niño (33:4-5); la adopción legal mexicana sí cambia el apellido y da herencia automática, y puede vivirse con el espíritu de la kafalah puertas adentro.
  • El niño no es mahram automáticamente; la lactancia antes de los dos años sí crea ese vínculo (2:233; 4:23).
  • La herencia se asegura con testamento, hasta un tercio de los bienes.
  • Apadrinar, criar sobrinos o cuidar al niño de la calle son también formas válidas de kafalah.

¿Estás considerando la kafalah de un niño, o ya criaste a uno sin conocer estas reglas? En la mezquita de Guadalajara te orientamos con calma. Escríbenos o acércate a nuestras actividades.

Fuentes

Las aleyas se citan como sura:aleya. Los hadices, con su colección y número según las ediciones de referencia. Las traducciones son nuestras, cuidando el sentido del árabe.

  1. Corán 33:4-5 — «Llamadlos por el nombre de sus padres»; el vínculo de sangre no se borra.
  2. Corán 93:9 — «Y al huérfano, no lo oprimas».
  3. Corán 107:1-2 — quien desmiente la Religión es quien repele al huérfano.
  4. Corán 2:233 — la lactancia hasta dos años completos.
  5. Corán 4:23 — los parientes prohibidos para el matrimonio, incluidos los de leche.
  6. Sahih al-Bujari 5304 — «Yo y quien mantiene al huérfano estaremos en el Paraíso así», y unió el índice y el medio.
  7. Sahih al-Bujari 2645; Sahih Muslim 1444 — «Queda prohibido por la leche lo que queda prohibido por el parentesco de sangre».

Preguntas frecuentes

¿Está prohibida la adopción en el Islam?

No está prohibido cuidar, criar y dar hogar a un niño sin padres o sin familia que lo cuide: eso es un acto muy recompensado (Bujari 5304). Lo que el Corán corrige es una práctica de la Arabia preislámica: que el niño adoptado tomara el apellido de quien lo adoptaba y perdiera todo vínculo legal con su familia de origen, como si hubiera nacido de ella (33:4-5). El niño conserva su identidad y su apellido de nacimiento; lo que cambia es quién lo cría con amor.

¿Qué es la kafalah y en qué se diferencia de la adopción legal en México?

La kafalah es tomar la responsabilidad de criar, alimentar, educar y amar a un niño como si fuera propio, sin que jurídicamente se convierta en hijo con el apellido y la herencia automática del que adopta. La adopción legal mexicana sí cambia el apellido y da herencia automática, como si el vínculo biológico se sustituyera. Un musulmán puede hacer la adopción legal en México, que da protección real al niño ante el Estado, y a la vez vivir el espíritu de la kafalah: no ocultarle su origen, no borrar su primer apellido si es posible, y resolver la herencia con testamento en vez de con la herencia automática de hijo biológico.

¿El niño adoptado es mahram de los padres adoptivos?

No automáticamente, salvo que se cumplan las condiciones de la lactancia (radaʿah): si la madre adoptiva lo amamanta antes de los dos años, en las tomas suficientes según los estudiosos, se establece un parentesco de leche real (4:23) que sí lo hace mahram de ella y de su familia. Sin lactancia, cuando el niño llegue a la pubertad, las reglas de pudor entre no mahram aplican: cubrirse frente a él o ella como frente a cualquier otro adulto no pariente, dentro de la misma casa donde creció con cariño.

¿Puede el niño adoptado heredar de los padres que lo criaron?

No hereda automáticamente como un hijo biológico, porque la herencia islámica sigue el parentesco de sangre. Pero los padres que lo criaron pueden y deben dejarle algo por testamento (wasiyyah), hasta un tercio de sus bienes, precisamente porque no tiene el derecho automático de herencia que sí tienen los hijos de sangre. Muchas familias hacen este testamento desde que el niño llega a casa, para que su futuro quede protegido.

¿Cómo se explica esto ante el DIF o un juez en México?

La ley mexicana no exige cambiar el apellido de nacimiento del niño para completar una adopción, así que es posible conservar su apellido original como parte del nuevo si el trámite lo permite, y explicar al juez o al DIF que la familia desea mantener la identidad de origen del niño por convicción religiosa. Lo esencial legalmente —la protección, la patria potestad, los derechos del niño— se logra igual con la adopción plena mexicana; lo que se ajusta es cómo se vive puertas adentro: sin esconder el origen, con honestidad hacia el niño cuando crezca.

¿Y si ya adopté antes de saber esto, o mi hijo ya lleva mi apellido?

No hay pecado en lo ya hecho de buena fe. Lo importante hacia adelante es la honestidad: cuando el niño tenga edad de entender, contarle la verdad de su origen con amor, sin que se sienta menos hijo por saberlo, y asegurar su herencia con testamento si la ley no se la reconoce igual que a un hijo de sangre. El cariño y la crianza que ya le diste valen ante Allah exactamente igual que si las reglas se hubieran seguido desde el primer día (Bujari 5304).

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