En casi todas las culturas, la herencia es una fuente de pleitos. Familias que no se hablan durante décadas por una casa; hijas dejadas fuera “porque ya se casaron”; viudas que dependen de la buena voluntad de sus cuñados. El Islam cortó ese problema de raíz de una manera única: Allah repartió la herencia Él mismo, con partes exactas escritas en el Corán, y les puso una advertencia que no acompaña a casi ninguna otra ley: «Estos son los límites de Allah… y quien desobedezca a Allah y a Su Mensajero y traspase Sus límites, lo hará entrar en un Fuego» (4:13-14). Esta página explica cómo funciona la herencia islámica, el mirath o las faraʾid (“las partes fijadas”): los pasos al fallecer alguien, el testamento, las partes de cada heredero y cómo cumplirlo viviendo en México.
Por qué Allah fijó las partes
La aleya que abre el tema en la sura An-Nisa es un principio antes que un cálculo:
لِّلرِّجَالِ نَصِيبٌ مِّمَّا تَرَكَ الْوَالِدَانِ وَالْأَقْرَبُونَ وَلِلنِّسَاءِ نَصِيبٌ مِّمَّا تَرَكَ الْوَالِدَانِ وَالْأَقْرَبُونَ مِمَّا قَلَّ مِنْهُ أَوْ كَثُرَ ۚ نَصِيبًا مَّفْرُوضًا«A los hombres les corresponde una parte de lo que dejen los padres y los parientes, y a las mujeres les corresponde una parte de lo que dejen los padres y los parientes, sea poco o mucho: una parte determinada».
Corán 4:7
En la Arabia preislámica heredaban solo los hombres que podían combatir; las mujeres y los niños, nada. Esta aleya se reveló cuando la viuda de Saʿd ibn ar-Rabiʿ, muerto en Uhud, fue al Profeta ﷺ con sus dos hijas: el hermano de Saʿd se había quedado con todo. El Profeta ﷺ mandó llamar al tío y le ordenó: «Da a las dos hijas de Saʿd dos tercios, a su madre un octavo, y lo que quede es para ti» (Abu Dawud 2891; Tirmidhi 2092). La herencia islámica nació protegiendo a una viuda y a dos niñas.
El Profeta ﷺ dejó el principio general que resume el sistema:
«Dad las partes fijadas a quienes les corresponden, y lo que quede es para el pariente varón más cercano».
Sahih al-Bujari 6732
Los cuatro pasos al fallecer un musulmán
Antes de repartir nada, hay un orden que cumplir. Es la parte que más se olvida y la que más problemas evita:
- Los gastos del entierro, con sencillez y sin exceso.
- Las deudas. Todas: préstamos, rentas, salarios pendientes, y también las deudas con Allah (un zakat no pagado, una expiación). El Profeta ﷺ se negó una vez a rezar por un difunto hasta que alguien se hizo cargo de su deuda (Bujari 2289), y dijo que el alma del creyente queda «suspendida» por su deuda hasta que se paga (Tirmidhi 1078). Las deudas van antes que el testamento (Tirmidhi 2094). Por eso el musulmán debe dejar por escrito lo que debe y lo que le deben.
- El testamento (wasiyyah), hasta un máximo de un tercio de lo que quede. Ver más abajo.
- El reparto del resto entre los herederos según las partes del Corán.
El testamento: hasta un tercio, y no para herederos
«Se os prescribe que, cuando uno de vosotros esté a punto de morir y deje bienes, haga testamento en favor de los padres y de los parientes cercanos, según lo justo. Es un deber para los temerosos de Allah».
Corán 2:180
Esta aleya se reveló antes que las de las partes fijas (4:11-12), y los estudiosos explican que, una vez que Allah asignó a cada heredero su parte, el testamento quedó para lo que las partes fijas no cubren. El Profeta ﷺ lo dijo así:
«Allah ha dado a cada heredero su derecho: no hay testamento a favor de un heredero».
Sunan Abu Dawud 2870; Sunan at-Tirmidhi 2120
Y fijó el límite cuando Saʿd ibn Abi Waqqas, enfermo y con una sola hija, quiso dejar dos tercios de sus bienes en caridad:
«¿Dos tercios?». «No». «¿La mitad?». «No». «¿El tercio?». «El tercio, y el tercio es mucho. Es mejor que dejes a tus herederos ricos que dejarlos pobres pidiendo a la gente».
Sahih al-Bujari 2742; Sahih Muslim 1628
De aquí las reglas del testamento islámico:
- Puede disponer hasta un tercio de los bienes (después de deudas). Más de un tercio solo si todos los herederos lo aceptan tras la muerte.
- Es para quienes no heredan: parientes no musulmanes, hijos adoptivos o de crianza, nietos huérfanos que quedan excluidos, un amigo, un empleado fiel, una mezquita, una obra de caridad continua (sadaqah jariyah). Los estudiosos consideran especialmente recomendable acordarse de los parientes necesitados que no heredan.
- No puede favorecer a un heredero por encima de su parte, ni usarse para castigar a otro.
- Debe hacerse con testigos (5:106) y, hoy, por escrito y ante notario, para que tenga efecto legal.
- Se puede cambiar en cualquier momento mientras se vive.
El testamento es también el lugar para dejar instrucciones: que el entierro sea islámico, quién se ocupa de los hijos menores, qué deudas hay y a quién se deben, y a quién pedir perdón.
Quiénes heredan y cuánto
El Corán nombra las partes de los herederos principales en 4:11-12 y 4:176. Hay dos grupos:
- Los de parte fija (ashab al-furud): reciben una fracción determinada del total.
- Los residuarios (ʿasabah): los parientes varones por línea paterna (hijos, padre, hermanos, tíos…) que reciben lo que queda después de las partes fijas, y que se lo llevan todo si no hay nadie con parte fija. Cuando concurren con hermanas o hijas, estas reciben la mitad de lo que reciben ellos.
La regla básica de las partes fijas, tal como la enuncia el Corán:
يُوصِيكُمُ اللَّهُ فِي أَوْلَادِكُمْ ۖ لِلذَّكَرِ مِثْلُ حَظِّ الْأُنثَيَيْنِ«Allah os ordena respecto a vuestros hijos: al varón le corresponde lo mismo que a dos hembras».
Corán 4:11
| Heredero | Parte | Condición | Fuente |
|---|---|---|---|
| Esposo | 1/2 | si la difunta no dejó hijos | 4:12 |
| 1/4 | si dejó hijos | 4:12 | |
| Esposa (o esposas, a repartir) | 1/4 | si el difunto no dejó hijos | 4:12 |
| 1/8 | si dejó hijos | 4:12 | |
| Hija única | 1/2 | 4:11 | |
| Dos o más hijas (sin hijos varones) | 2/3 a repartir | 4:11 | |
| Hijos e hijas | el resto, el varón el doble que la hembra | 4:11 | |
| Madre | 1/6 | si hay hijos o dos o más hermanos del difunto | 4:11 |
| 1/3 | si no hay hijos ni dos hermanos | 4:11 | |
| Padre | 1/6 (+ el resto como residuario) | si hay hijos | 4:11 |
| el resto como residuario | si no hay hijos | 4:11 | |
| Hermanos uterinos (misma madre) | 1/6 uno; 1/3 a repartir en partes iguales si son más | si el difunto no dejó hijos ni padre | 4:12 |
| Hermana única (paterna o carnal) | 1/2 | si no hay hijos ni padre | 4:176 |
| Dos o más hermanas | 2/3 a repartir | ídem | 4:176 |
| Hermanos y hermanas juntos | el resto, el varón el doble que la hembra | ídem | 4:176 |
Algunas reglas que completan el cuadro:
- La exclusión (hajb): el pariente más cercano excluye al más lejano de la misma línea. El padre excluye al abuelo; el hijo excluye a los nietos; los hijos excluyen a los hermanos del difunto. Por eso los nietos huérfanos (cuyo padre murió antes que el abuelo) no heredan si tienen tíos vivos: es uno de los casos en que los estudiosos más recomiendan usar el tercio del testamento.
- La reducción proporcional (ʿawl): si las partes fijas suman más que el total (ocurre en algunas combinaciones), se reducen todas en proporción.
- La devolución (radd): si sobra y no hay residuarios, el sobrante vuelve a los de parte fija en proporción, salvo a los cónyuges según la mayoría.
Hay otros herederos (abuelos, nietos, sobrinos, tíos) con reglas derivadas de estas por la Sunnah y el consenso. Los cálculos reales se hacen caso por caso, y para eso están el imam y los estudiosos: no intentes resolver una herencia con esta tabla sin consultar.
Un ejemplo sencillo
Muere un hombre y deja esposa, un hijo y una hija, y sus dos padres, con un patrimonio de 120 (después de deudas y sin testamento):
- Esposa: 1/8 = 15
- Madre: 1/6 = 20
- Padre: 1/6 = 20
- Resto: 65, para los hijos, el varón el doble: hijo 43,3 e hija 21,7.
¿Por qué el varón el doble?
Es la pregunta que más se hace, y merece una respuesta honesta, no defensiva.
Primero, no es una regla universal del sistema. La madre y el padre heredan lo mismo cuando hay hijos (un sexto cada uno). Los hermanos uterinos heredan a partes iguales sin distinguir sexo (4:12). Hay más de una decena de casos en que la mujer hereda igual que el hombre, y varios en que hereda más o hereda ella y él nada. La regla del doble se aplica a hermanos de la misma generación y posición: hijos con hijas, hermanos con hermanas.
Segundo, en esos casos la diferencia refleja una diferencia de cargas, no de valor. El hijo que hereda el doble está obligado por la misma ley a pagar un mahr al casarse, a mantener a su esposa y a sus hijos aunque ella tenga dinero, y a sostener a sus padres y a sus hermanas si lo necesitan (4:34; 2:233). La hija que hereda la mitad no tiene ninguna de esas obligaciones: lo que recibe es íntegramente suyo, y además tiene derecho a ser mantenida por su esposo. Contando obligaciones y derechos, el sistema no favorece al varón; reparte responsabilidades.
Tercero, un musulmán que quiere ayudar más a una hija que lo necesita tiene medios lícitos: regalarle en vida (con justicia entre los hijos) o, si ella no es heredera en ese caso, el tercio del testamento. Lo que no puede hacer es cambiar las partes que Allah fijó.
Quiénes no heredan
- El asesino del difunto: «El asesino no hereda» (Tirmidhi 2109). Nadie puede beneficiarse de un crimen.
- El de otra religión: «El musulmán no hereda del incrédulo ni el incrédulo del musulmán» (Bujari 6764; Muslim 1614). Esto afecta a muchas familias latinoamericanas, y tiene salida: el tercio del testamento y los regalos en vida. Un musulmán puede y debe seguir cuidando económicamente a sus padres no musulmanes; solo cambia el mecanismo.
- El hijo adoptivo o de crianza no hereda como hijo (33:4-5), pero puede recibir hasta el tercio por testamento. Muchos estudiosos lo recomiendan expresamente.
- El nieto huérfano excluido por sus tíos, como se explicó: candidato natural al tercio.
Errores frecuentes que el Islam prohíbe
- Dejar fuera a las hijas o a la viuda, “porque ya tienen marido” o “para que la casa no salga de la familia”. Es exactamente lo que la aleya 4:7 vino a abolir.
- Repartir en vida “para evitar problemas” dando a unos y no a otros, o vaciando la herencia para que la esposa o los padres no reciban nada. Los regalos en vida son lícitos, pero con justicia entre hijos (Bujari 2587) y sin intención de burlar la herencia.
- Apropiarse de la herencia de huérfanos o administrarla en beneficio propio (4:10: «Quienes devoran injustamente los bienes de los huérfanos, devoran fuego»).
- Retrasar el reparto durante años, dejando todo “en común” mientras uno de los hermanos lo administra. Cada heredero tiene derecho a su parte cuando se puede repartir.
- Testar a favor de un heredero para darle más que a los otros.
- Olvidar las deudas. El difunto no descansa hasta que se pagan.
La herencia islámica en México
México reconoce la libertad de testar. Eso significa que un musulmán puede cumplir la ley de Allah con instrumentos legales mexicanos:
- Hacer testamento ante notario, con las partes calculadas según el Corán para su situación familiar actual (se actualiza si nacen hijos o cambia el estado civil) y con una cláusula que reserve hasta un tercio para lo que él decida. Septiembre es “el mes del testamento” en México y los notarios cobran menos.
- Nombrar un albacea musulmán de confianza, o al menos alguien que respete el reparto, y dejar por escrito la instrucción de consultar al imam para el cálculo definitivo.
- Dejar la lista de deudas y créditos, y las instrucciones para un entierro islámico.
- Si no hay testamento, la ley civil repartirá según sus propias reglas. Los herederos musulmanes pueden después corregir el reparto entre ellos de mutuo acuerdo, pero es más difícil y depende de la voluntad de todos. Es mucho mejor dejarlo hecho.
Un musulmán prudente hace su testamento joven, lo revisa cada pocos años, y así descansa: sabe que su familia no peleará y que su última obra en esta vida fue obedecer a Allah.
En resumen
- Las partes de la herencia las fijó Allah en el Corán (4:11-12, 4:176) y no se pueden cambiar: «no hay testamento a favor de un heredero» (Abu Dawud 2870).
- Al fallecer, el orden es: entierro, deudas, testamento hasta un tercio, reparto.
- El tercio libre es para quienes no heredan: parientes no musulmanes, hijos de crianza, nietos excluidos, caridad.
- Los cónyuges, los padres, los hijos y los hermanos tienen partes fijas; el varón recibe el doble que la hembra solo entre hermanos de la misma posición, porque carga con las obligaciones económicas de la familia.
- No heredan el asesino ni quien profesa otra religión; el musulmán en México cumple estas reglas con un testamento notarial.
Para calcular una herencia concreta o redactar tu testamento según el Islam, consulta al imam de la mezquita antes de ir al notario. Escríbenos.



